La edición de este mes de ‘RTVE Responde’, ese programa tan ineficiente como necesario, contestó a la duda que muchos nos hemos planteado y que formuló Juan Ramón Ortega, un telespectador.
¿Por qué en el marco de la nueva Ley de financiación de RTVE, la famosa SinPubli nos meten ciertos anuncios más o menos encubiertos?
Concretamente el espectador hace alusión a dos casos bastante flagrantes: el patrocinio de marcas comerciales de eventos deportivos como la ACB o la Champions League, y el anuncio del disco de Rosario que contiene la canción «Cuéntame» que actualmente se usa como cabecera de la serie ‘Cuéntame cómo pasó’. Esto mismo se planteba unos días Chicadelatele, y ahora tenemos más o menos una respuesta.
Ernesto Real. de la Asesoría Jurídica en Medios y Comercial, le respondió en el video que podéis ver aquí. Cada uno puede juzgar cuan convincente le resulta la respuesta de Ernesto. Que sí, que verdad será, yo no digo que no, pero eso no quiere decir que me convenza, sino que más bien me suena al refrán «hecha la ley, hecha la trampa».
Puedo entener que ahora estén incluyendo esos patrocinios contratados antes de la entrada de la ley, vale, pero lo que se comenta después de que en un futuro podrán seguir contratando eventos deportivos que lleven adosado por contrato el patrocinio, no lo veo tan claro. Lo más lógico es que RTVE no pudiese acceder a esos contenidos que por definición implican publicidad, ya que entran en contradicción con su propia naturaleza.
Eso sería lo lógico, pero ya se han guardado ellos de crear todas las triquiñuelas necesarias (código nosecuanto, barra nosequé) para que la ley juegue a su favor cuando más les convenga.
Concretamente Ernesto dice:
La ley establece que podríamos emitirlos siempre que para comprar esos derechos resultaran indivisiblemente vinculados a la misma, de otra forma no podríamos acceder a esos contenidos.
Qué palabras tan bonitas así dichas… Y digo yo, con esta «trampa» (o permisión) de la ley, ¿no podría hacerse extensible a otros géneros? Es decir, imaginemos que en lugar de tratarse de una distribuidora de derechos deportivos fuese una productora de series de ficción la que incluyese una cláusula en su contrato que especificase que la serie lleva indivisiblemente vinculada el patrocinio de un producto, ¿podría hacerse?
Y ya sobre lo de Rosario… No. Te pongas como te pongas, eso no es una autopromoción, es publicidad de una actividad comercial (venta de discos de una artista ajena al Ente) en toda regla, y como bien dice Juan Ramón, supone una «discriminación bestial» con respecto al resto de compañeros de profesión.
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